Abogados Reclamación Salario Valencia
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Abogados Reclamación Salario Valencia con amplia experiencia en la materia le atenderán. Nuestros Abogados expertos en Reclamar Salarios le ayudarán a cobrar todo su salario si su empresa no le paga o se retrasa en el pago del salario el día pactado.
Le ayudamos para que pueda reclamar las nóminas impagadas, las pagas extras que no le hayan abonado, las horas extras, así como diferencias salariales. Si no le pagan el salario, o no le pagan el salario acorde con su categoría o grupo profesional, no dude en concertar una cita con un Abogado de nuestro Despacho de Abogados Reclamación Salario Valencia experto en reclamar el salario impagado al trabajador.
Su Abogado Materia Reclamación Salarios
El empresario está obligado a abonar mensualmente al trabajador la totalidad del salario, ya sea en dinero o en especie, debiendo ser el pago puntual.
También dicho retraso o impago puede ser causa de extinción del contrato por voluntad del trabajador.
Si el trabajador procede a reclamar las cantidades adeudas, tendrá derecho a reclamar los intereses moratorios por dichas cantidades, y tal como señala el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 29, se podrá reclamar el 10% del interés anual del dinero.
No solo puede producirse un impago de salario por parte del empresario. En algunas ocasiones el trabajador cobra un salario muy inferior al que le puede corresponder, con respecto a su categoría o grupo profesional dentro del convenio colectivo que le es aplicable.
Abogados Reclamación Salarios
Plazo Reclamar Salarios
Muchas veces las empresas se ven sometidas diariamente a problemas de liquidez, pero, aunque la empresa se encuentre en una situación complicada económicamente, dicha situación no implica que ésta pueda dejar de pagar el salario pactado a sus trabajadores.
Si no le pagan el salario o le pagan menos salario del que le pueda corresponder, el plazo para poder reclamar su salario es de 12 meses.
Previamente deberá interponer papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Posteriormente si el empresario no acude al Acto de Conciliación o este finaliza sin avenencia, deberá interponerse la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social, reclamando las cantidades que le adeuda el empresario.
Recuerde que interponer la correspondiente demanda ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación interrumpe el plazo de prescripción y una vez interrumpido el plazo de prescripción, vuelve a contarse íntegramente desde el principio.
Declaración Insolvencia Empresario
¿Y si el Empresario se Declara Insolvente o Desaparece la Empresa?
En caso de insolvencia del empresario o en el supuesto que la empresa haya desaparecido, el FOGASA garantiza a los trabajadores la percepción de salarios.
¿Qué Paga FOGASA?
La cantidad máxima que abona el FOGASA es la que resulta de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, con prorrateo de pagas extras, por el número de días pendientes de pago, con un máximo de ciento veinte días.
¿Cuándo Paga el FOGASA?
El FOGASA abonará los salarios, si han sido reconocidos en Acto de Conciliación, Conciliación o Resolución Judicial, o certificado emitido por el administrador en caso de concurso de acreedores.
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Si necesita un Abogado para reclamar en materia de salarios en Valencia póngase en contacto con nosotros. Haga su consulta a unos de nuestros Abogados especializados en Reclamar su Salario.