Abogados Incapacidad Permanente Valencia
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Nuestros Abogados en Valencia especializados en Incapacidad Permanente le asesorarán y acompañarán durante todo el procedimiento, queremos ayudarle a que le sea reconocida una Incapacidad Permanente.
Uno de nuestros Abogados le prestará todo el asesoramiento que pueda requerir para realizar las oportunas gestiones de tramitación y reclamación necesaria, con la finalidad de obtener el reconocimiento de una Incapacidad Permanente, sea Parcial, Total o Absoluta, frente a la Seguridad social, en vía administrativa o judicial.
Cuando hablamos de Incapacidad Permanente hablamos de una Prestación Económica, en su modalidad contributiva, cuya finalidad es cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que puede sufrir una persona, cuando como consecuencia de padecer un proceso patológico o traumático derivado de enfermedad común o accidente de trabajo, ve reducida o anulada su capacidad para trabajar.
Equipo de Abogados expertos en Incapacidad Permanente que le ofrecen la experiencia necesaria en materia de Incapacidad Permanente, porque contar con un Abogado especialista en la materia es esencial para obtener el reconocimiento de una Incapacidad Permanente.
Su Abogado Materia Incapacidad Permanente
Infórmese con uno de nuestros Abogados especializado en Incapacidad Permanente.
Pregunte a uno de nuestros Abogados Incapacidad Permanente Valencia si quieres solicitar una Incapacidad Permanente.
Las prestaciones, a que pueden dar lugar los distintos grados de Incapacidad Permanente, están incluidas dentro de la acción protectora tanto del Régimen General, como de los Regímenes Especiales como el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Abogados con amplia experiencia en Incapacidad Permanente.
Si padece alguna enfermedad o lesión que le imposibilite trabajar en cualquier tipo de profesión o trabajo, o bien le imposibilita trabajar en la que ha sido en el último año su profesión habitual, consulte a uno de nuestros Abogados con amplia y reconocida experiencia en materia de Incapacidad Permanente.
La Prioridad para Nosotros será siempre el Cliente.
En nuestro Despacho de Abogados creemos firmemente en que lo más importante es, sin duda, los intereses del cliente. Estaremos encantado de atender y resolver todas sus dudas en materia de Incapacidad Permanente, ya se Parcial, Total, Absoluta o Gran Invalidez.
Procedimiento Incapacidad Permanente
Explicamos las distintas modalidades de Incapacidad Permanente
Incapacidad Permanente Parcial
Es la situación en la que se puede encontrar el trabajador como consecuencia de haber sufrido una lesión o enfermedad, ocasionándole una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para la que era su profesión habitual, sin impedirle, en todo caso, las tareas fundamentales de dicha profesión.
El trabajador tendrá derecho a una prestación que consistirá en una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades calculada sobre la base reguladora que sirvió para calcular en su día el subsidio de incapacidad temporal.
Incapacidad Permanente Parcial
Es la situación en la que se puede encontrar el trabajador como consecuencia de haber sufrido una lesión o enfermedad, ocasionándole una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin impedirle las tareas fundamentales de dicha profesión.
El trabajador tendrá derecho a una prestación consistente en una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para calcular el subsidio de incapacidad temporal.
Incapacidad Permanente Total
Es aquella situación en la que se encuentra el trabajador como consecuencia de haber sufrido una lesión o enfermedad, impidiéndole la realización de todas las tareas o de aquellas que sean fundamentales en su profesión habitual, no impidiéndole dedicarse a profesión distinta.
El trabajador tendrá derecho a una pensión equivalente al 55% de la base reguladora. Dicho porcentaje se incrementará en un 20% para los trabajadores mayores de 55 años, al preverse que le va a ser difícil obtener un empleo de profesión distinta a le que motivo la situación de incapacidad permanente total.
Gran Invalidez
Situación en la que se encuentra el trabajador afecto de una Incapacidad Permanente y, como consecuencia de sufrir pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer, entre otros.
La cuantía de la pensión por Gran Invalidez estará formada por el importe de la pensión por Incapacidad Permanente, incrementada con un complemento destinado a remunerar a la persona que se dedique a atender al beneficiario de la pensión.
Calcular Base Reguladora Incapacidad Permanente
Le explicamos brevemente como se calcula la Base Reguladora de una Incapacidad Permanente
Como consecuencia de Enfermedad Común:
Con menos de 52 años: la suma de las Bases de Cotización del periodo mínimo exigible / número de meses * 1,1666.
Con más de 52 años: la suma de las Bases de Cotización de los últimos 96 meses anteriores / 112.
Como consecuencia de Accidente no Laboral:
Será el cociente de dividir por 28 la suma de las Bases de Cotización durante un período ininterrumpido de 24 meses elegidos en los 7 años inmediatamente anteriores.
Como consecuencia de Accidente de trabajo:
Será el cociente de dividir por 12 los siguientes conceptos: sueldo, antigüedad y pagas extraordinarias diarios del trabajador en la fecha del accidente o de la baja por enfermedad por 365 días.
Revisión Grado Incapacidad Permanente
La revisión del grado de una Incapacidad Permanente puede ser iniciada como consecuencia de cualquiera de los siguientes motivos:
Agravamiento de enfermedades o lesiones que dieron lugar a la declaración de Incapacidad Permanente.
Mejoría de enfermedades o lesiones que dieron lugar a la declaración de Incapacidad Permanente.
Como consecuencia de un error en el diagnóstico que dio lugar a la Incapacidad Permanente.
Abogados Especialistas Incapacidad Permanente
Amplia Experiencia Incapacidad Permanente
Uno de nuestros Abogados Incapacidad Permanente Valencia velará por sus intereses, sabemos de la importancia que para el cliente tiene el hecho de que le sea reconocida una Incapacidad Permanente. Le ayudamos desde el primer momento.
Una vez examinados los informes médicos por un equipo de peritos médicos, y constatado por nuestro despacho que existen verdaderas posibilidades de concesión de una Incapacidad Permanente, uno de nuestros Abogados se encargará de gestionar la correspondiente solicitud para obtener una Incapacidad Permanente, ya sea una Incapacidad Permanente Parcial, Total, Absoluta o Gran Invalidez.
Presentada la solicitud, será citado por el Tribunal Médico, que valorará tu situación, y emitirá una resolución.
Si la resolución no fuera favorable y le fuese denegada la Incapacidad Permanente, se inicia el plazo para interponer la pertinente Reclamación Administrativa Previa, la cual agotará la vía administrativa.
Pero, si resuelta la Reclamación Administrativa, ésta es estimada, obtendrá el reconocimiento de la Incapacidad Permanente. Por el contrario, si fuera desestimada dicha Reclamación, procederá interponer la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social.
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